El paciente firma en recepción una hoja que no leyó, sobre un tratamiento que todavía no le explicaron del todo. Es una escena habitual, y es exactamente la que un consentimiento informado no debería ser. Muchas clínicas buscan un modelo de consentimiento informado en odontología para salir del paso, cuando lo que conviene es entender qué tiene que decir y adaptarlo a cada tratamiento.
Una aclaración antes de empezar: esta nota resume lo que dice la ley nacional y propone una estructura. No reemplaza el asesoramiento de un abogado ni lo que pida tu colegio profesional o tu seguro de mala praxis.
Qué dice la Ley 26.529 sobre el consentimiento informado
La norma es la Ley 26.529 de derechos del paciente, con las modificaciones de la Ley 26.742. Los artículos que importan para el consultorio son cuatro.
Artículo 5: qué es. Define el consentimiento informado como la declaración de voluntad del paciente, o de sus representantes legales, emitida después de recibir del profesional información clara, precisa y adecuada sobre su estado de salud, el procedimiento propuesto y sus objetivos, los beneficios esperados, los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles, las alternativas con sus riesgos y beneficios, y las consecuencias previsibles de no hacer el procedimiento.
Artículo 6: cuándo. Toda actuación profesional requiere, como regla, el consentimiento previo del paciente. Si el paciente no puede darlo, lo dan sus representantes legales.
Artículo 7: de qué forma. El consentimiento es verbal, salvo excepciones en las que tiene que ser por escrito y firmado. Entre ellas figuran la intervención quirúrgica y los procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos. Buena parte de la práctica odontológica se acerca a esos supuestos: ante la duda, por escrito.
Artículo 10: se puede revocar. El paciente puede cambiar de decisión, y el profesional tiene que dejar constancia en la historia clínica.
Además, el artículo 16 dice que los consentimientos informados forman parte de la historia clínica. No son un papel suelto: se guardan con ella.
Qué tiene que contener un consentimiento informado en odontología
Traducido al consultorio, un consentimiento completo responde siete preguntas:
- Quién. Datos del paciente y, si corresponde, de su representante legal.
- Quién lo propone. Nombre, especialidad y matrícula del profesional.
- Qué tiene. El diagnóstico, en palabras que el paciente entienda.
- Qué se va a hacer y para qué. El tratamiento, las piezas involucradas y el objetivo.
- Qué puede pasar. Riesgos y molestias previsibles de ese tratamiento puntual, no una lista genérica.
- Qué otras opciones hay. Las alternativas y qué pasa si no se hace nada.
- Qué decide. La aceptación, con fecha y firma de las dos partes, y la constancia de que puede revocarla.
Un modelo de estructura para adaptar
Este esqueleto sirve como punto de partida. Lo que va entre corchetes se completa en cada caso.
Consentimiento informado para [tratamiento]
Paciente: [nombre y apellido], DNI [número]. Representante legal, si corresponde: [nombre y vínculo].
Profesional: [nombre], [especialidad], matrícula [número].
Diagnóstico: [explicación en lenguaje claro].
Tratamiento propuesto: [descripción, piezas involucradas y cantidad estimada de sesiones]. Objetivo: [qué se busca].
Beneficios esperados: [detalle].
Riesgos, molestias y efectos adversos previsibles: [los propios de este tratamiento].
Alternativas: [otras opciones, con sus riesgos y beneficios]. Consecuencias de no realizarlo: [detalle].
Declaro que recibí esta información en forma clara, que pude hacer preguntas y que fueron respondidas. Sé que puedo revocar este consentimiento en cualquier momento.
Lugar y fecha. Firma del paciente o representante. Firma y sello del profesional.
Los errores más comunes
- Un solo formulario para todo. Los riesgos de una extracción no son los de un blanqueamiento. Un texto genérico informa poco y protege menos.
- Firmar sin explicar. La ley habla de información recibida del profesional. Si la explicación no existió, la firma dice poco.
- Papeles que se pierden. Un consentimiento que no está en la historia clínica cuando alguien lo pide es un consentimiento que no se puede mostrar.
- No registrar la revocación. Si el paciente cambia de opinión, tiene que quedar asentado.
Cómo lo resolvimos en Órbita
En el sistema de gestión de Órbita, los consentimientos se arman con plantillas por tratamiento: elegís la prestación y la plantilla se completa con los datos del paciente y del profesional. Queda guardado en su ficha, ordenado por fecha, junto a los documentos y estudios que traiga.
El detalle está en consentimientos y documentos, y cómo se integra con el resto de la ficha, en la historia clínica de Órbita.
